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El país de hoy | Todas las noticias del país, hoy » Nacionales » 11 may 2020

Oficializan la extensión de la cuarentena y hay nuevas exigencias para la flexibilización

El Gobierno nacional oficializó este lunes la extensión de la cuarentena hasta el 24 de mayo bajo el decreto 459/2020 publicado en el Boletín Oficial en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus, y luego de que el presidente Alberto Fernández anunciara el viernes la nueva fase de “reapertura progresiva” en el país, menos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).


El Gobierno nacional oficializó este lunes la extensión de la cuarentena hasta el 24 de mayo bajo el decreto 459/2020 publicado en el Boletín Oficial en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus, y luego de que el presidente Alberto Fernández anunciara el viernes la nueva fase de “reapertura progresiva” en el país, menos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

A partir de hoy, salvo la ciudad de Buenos Aires y unos 40 municipios bonaerenses del conurbano y sus cercanías, el resto del país avanza hacia la nueva etapa, lo que implica la movilidad del 75% de la población.

Según detalla el documento, en los “departamentos o partidos que posean hasta 500.000 habitantes, y siempre que no formen parte de aglomerados urbanos cuya población supere ese número, los gobernadores podrán disponer nuevas excepciones y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales”.

Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial y ordenar la implementación de un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.

En todos los casos, en forma previa a disponer la excepción respectiva, la autoridad provincial deberá constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos por los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios en cada departamento o partido comprendido en la medida:

-Que el tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no sea inferior a 15 días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

-Que el sistema de salud cuente con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria.

-Que exista una evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario con relación a la densidad poblacional del área geográfica involucrada.

-Que la proporción de personas exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, no supere el 75% de la población total del Departamento o Partido, según corresponda.

-Que el Departamento o Partido comprendido en la medida no esté definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos con “transmisión local o por conglomerado”

-De todas maneras, en el decreto se aclara que de no cumplirse alguno de los indicadores, no se podrá disponer de excepción alguna y dicha prohibición “alcanzará a todo el aglomerado urbano que incluye sus zonas lindantes”.

Por otro lado, en el caso de los lugares con más que de 500 mil habitantes, y siempre que no integren el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), los gobernadores solo podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del aislamiento y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales, cuando el protocolo para el funcionamiento de estas se encuentre incluido en la resolución.

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