Corte falló contra el gobierno por el reajuste a jubilados
La Corte Suprema declaró, por 4 votos a 1, inconstitucional la metología utilizada en la actualidad por ANSES para realizar el recálculo de haberes jubilatorios retroactivos. Y pidió al Congreso que elabore un nuevo índice de haberes para actualizar los haberes.
La Corte Suprema declaró, por 4 votos a 1, inconstitucional la metología utilizada en la actualidad por ANSES para realizar el recálculo de haberes jubilatorios retroactivos. Y pidió al Congreso que elabore un nuevo índice de haberes para actualizar los haberes.
Con los votos favorables de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco y 1 en contra (el del Presidente, Carlos Rosenkratz), la Corte Suprema declaró, por 4 votos a 1, inconstitucional la metología utilizada en la actualidad para realizar el recálculo de haberes jubilatorios retroactivos.
La decisión del máximo órgano judicial significa que deberá realizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), como piden los demandantes, que arroja un porcentaje de aumento superior al que surge del sistema actual, la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores (RIPTE).
La Corte estableció así que esa actualización se realice a través del índice que tuvo mayor variación entre abril de 1995 y febrero de 2009, que fue de 435% contra 178 por ciento del RIPTE para aquellos que no aceptaron la denominada Reparación Histórica.